TY - BOOK AU - Moura,Manuel do Vale de TI - De incantationibus seu ensalmis .. U1 - 133.44 20 PY - 1620/// CY - Évora (Portugal) PB - typis Laurentij Crasbeeck [Lorenzo Crasbeeck] KW - Brujería KW - Obras anteriores a 1700 KW - Encantamientos KW - Herejía KW - Religión N1 - Detalles físicos: Encuadernación flexible en pergamino, con piel muy manchada. Conserva guardas hechas con borradores de textos más antiguos (sermones para los domingos 18 y 19 después de Pentecostés). Portada impresa a una sola tinta con un elemento decorativo (un escudo del príncipe Teodosio, hijo del Rey Don Manuel?), rota y manchada. Licencias y permisos. Versos latinos de elogio al autor. Adornos (cenefas, remates) y mayúsculas capitales, muy sencillos. Texto impreso en dos columnas. Reclamos y Signaturas. Papel manchado en algunas hojas (pág.14). Págs. 40 a 47desprendidas. Ejemplar en regular estado de conservación. En la portada firma del doctor Verástegui, y dos sellos de tinta: "Del Colegio de Ntra. Sra. del Rosario", "El Colegio de Nuestra Señora del Rosario"; Incluye índice; Si están permitidas las "bendiciones vulgares", que llaman popularmente "ensalmos". ; Opiniones sobre los ensalmos: cuando tienen efecto por las palabras mismas; cuando su eficacia deriva del poder de Dios; cuando deriva de poderes diabólicos. ; Han de condenarse los ensalmos si consta que obran por virtud satánica. ; Se trata sobre las iluminaciones internas y de las apariciones externas. ; Los encantamientos o ensalmos no producen efectos por la fuerza de las palabras que se dicen. ; Los ensalmos no actúan por fuerzas cabalísticas; no sirven para oponerse a los demonios, ni para repeler sus ataques. ; Las sospechas de pacto demoníaco no se vencen con palabras sagradas. ; Estos ensalmos e invocaciones no pueden contarse entre las gracias "gratis datae". ; Los ensalmos constitutivos no pueden proferirse por iniciativa privada, ni por la autoridad ordinaria de la Iglesia. ; Deben rechazarse todos los ensalmos que -como requisito- incluyen cosas falsas y palabras desconocidas. ; Deben Condenarse los ensalmos que, con certeza, prometen efectos espirituales o temporales; Consulta en sala UR - http://books.google.com.co/books?id=pcw9DqobaF4C&printsec=frontcover&hl=es&source=gbs_ge_summary_r&cad=0#v=onepage&q&f=false ER -